Progreso del curso: 0%
Tema 13.3

Ley de PRL

13.3 Ley de PRL

La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) es la norma fundamental que regula la prevención en el trabajo en España. Aunque es una ley de 1995, ha sufrido modificaciones significativas, la más reciente en 2021. A diferencia de normas técnicas o sectoriales que pueden ser complejas pero de aplicación limitada, la Ley de PRL es aplicable a todas las actividades económicas y a todo tipo de trabajadores en España. Por lo tanto, todos los aplicadores de plaguicidas, ya sean autónomos, empleados por empresas agrícolas, o contratados a través de empresas de servicios, están sometidos a esta ley.

Estructura básica de la Ley de PRL

La Ley de PRL se divide en capítulos temáticos. Los primeros capítulos establecen las definiciones y principios fundamentales: qué se entiende por riesgo laboral, daño derivado del trabajo, prevención, trabajador, empresario, y otros conceptos clave. A continuación, la ley establece derechos y deberes, primero desde la perspectiva del empresario (obligaciones que debe cumplir), y después desde la perspectiva del trabajador (derechos que posee y deberes que tiene).

Un aspecto importante es que la Ley de PRL no es "permisiva" respecto al riesgo cero. Reconoce que todo trabajo conlleva algún riesgo. Lo que requiere es que el riesgo sea evaluado, identificadas las medidas necesarias para controlarlo, y que se haya hecho todo lo razonablemente posible para minimizarlo. Esto se conoce como el principio de "minimización de riesgo" o "prevención de riesgos".

Obligaciones del empresario

La Ley de PRL impone al empresario (cualquier persona natural o jurídica que tenga a trabajadores a su cargo) un conjunto amplio de obligaciones. La más fundamental es la obligación de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores en todos los aspectos relacionados con el trabajo. Esta obligación es amplia y no se limita a medidas específicas, sino que es una responsabilidad integral.

De esta obligación general derivan obligaciones concretas: el empresario debe evaluar los riesgos laborales existentes en su empresa mediante una evaluación de riesgos documentada. Esta evaluación debe ser exhaustiva, debe actualizar cuando cambian las condiciones de trabajo, y debe tener por escrito sus resultados y las medidas preventivas recomendadas. En una explotación agrícola que aplica plaguicidas, la evaluación de riesgos debe identificar específicamente los riesgos derivados de la exposición a químicos.

El empresario debe adoptar medidas preventivas basadas en la evaluación de riesgos. Estas medidas deben priorizar el control en la fuente (por ejemplo, usar plaguicidas menos tóxicos), después medidas colectivas (señalización, ventilación), y como último recurso protección personal. Un empresario que solo proporciona equipo de protección sin controlar el riesgo en la fuente está siendo negligente legalmente.

El empresario también debe proporcionar a los trabajadores información clara y comprensible sobre los riesgos a los que están expuestos y las medidas preventivas correspondientes. Esta información debe ser en idioma comprensible al trabajador y debe incluir datos específicos sobre sustancias químicas a las que puede estar expuesto. La entrega de la Ficha de Datos de Seguridad de cada fitosanitario a los trabajadores que lo manejan es una obligación empresarial.

Formación y adiestramiento adecuado es otra obligación empresarial. Los trabajadores deben ser formados en cómo realizar su trabajo de manera segura. Para aplicadores de plaguicidas, la formación debe cubrir uso seguro de fitosanitarios, identificación de peligros, equipo de protección personal, y procedimientos de emergencia. Esta formación debe ser periódica, no solo impartida una vez al inicio.

El empresario debe vigilar la salud de los trabajadores mediante reconocimientos médicos. Estos reconocimientos deben ser especializados según el tipo de exposición: trabajadores que manipulan plaguicidas deben recibir vigilancia específica de salud relacionada con esa exposición (análisis de colinesterasa para organofosforados, evaluación de función neurológica, etc.).

Derechos y deberes de los trabajadores

La Ley de PRL reconoce a los trabajadores el derecho a trabajar en condiciones que no supongan un riesgo para la salud. Este no es un derecho que deba ser reivindicado, es un derecho inherente. El trabajador tiene derecho a ser informado, formado, a que se vigile su salud, a utilizar equipo de protección proporcionado por el empresario sin costo, y a participar en decisiones sobre prevención.

Específicamente, el trabajador tiene derecho a interrumpir su actividad y abandonar el lugar de trabajo si existe peligro grave e inminente. Esta es una protección muy importante: si un trabajador observa que, por ejemplo, se ha derramado un fitosanitario tóxico sin contención, puede dejar de trabajar sin ser disciplinado. El empresario no puede sancionar al trabajador por ejercer este derecho.

Los trabajadores también tienen derecho a representación. En empresas con cierto tamaño (10 o más trabajadores), existe la figura del Delegado de Prevención, un trabajador elegido por sus compañeros que actúa como representante en cuestiones preventivas. Este delegado tiene derechos específicos: acceso a información, participación en inspecciones, derecho a conocer los resultados de evaluaciones de riesgo.

A cambio de estos derechos, los trabajadores tienen también deberes. El principal es el deber de cumplir las normas de seguridad establecidas por el empresario. Esto incluye usar correctamente el equipo de protección proporcionado, seguir procedimientos seguros, no interferir con sistemas de protección colectiva, informar de peligros observados, y participar en programas de formación y vigilancia de salud.

El incumplimiento de deberes por parte del trabajador puede resultar en disciplina (amonestaciones, suspensión, incluso despido si es grave), pero el empresario no puede usar esto como excusa para evadir sus obligaciones de proporcionar un entorno de trabajo seguro.

Principios de acción preventiva

La Ley de PRL establece una serie de principios que deben guiar todas las acciones preventivas. Estos principios son fundamentales para entender cómo la ley espera que se aborde la prevención. El primero es la evaluación previa: antes de empezar una actividad, se deben evaluar los riesgos. El segundo es la eliminación del riesgo en la fuente: si es posible no usar un químico tóxico, es mejor que usarlo con protección. El tercero es la adaptación del trabajo a la persona: no todos los trabajadores tienen la misma capacidad física o susceptibilidad a químicos, así que medidas preventivas deben ser personalizadas.

Otros principios incluyen: utilización de medidas colectivas antes que medidas personales (un sistema de ventilación es mejor que máscaras individuales), la información y formación, consulta y participación de trabajadores, y coherencia de la prevención con otras políticas empresariales (no debe haber contradicción entre objetivos de producción y objetivos de seguridad).

Organización de la prevención

La Ley de PRL requiere que la prevención sea organizada sistemáticamente, no de manera improvisada o ad-hoc. En una gran empresa, esto se hace mediante un Servicio de Prevención (departamento dedicado a prevención). En pequeñas empresas, puede ser un Servicio de Prevención externalizado (contratado con una empresa especializada) o un trabajador designado como responsable de prevención. En autónomos sin trabajadores dependientes, es el propio empresario quien debe asumir las obligaciones.

Aplicación específica para aplicadores de plaguicidas

Aunque la Ley de PRL es de aplicación general, su implementación en el caso de aplicadores de plaguicidas tiene características específicas. La evaluación de riesgos en una explotación que realiza tratamientos fitosanitarios debe identificar: el tipo y cantidad de plaguicidas utilizados, la frecuencia de aplicaciones, la duración de la exposición, las condiciones de aplicación (temperatura, viento), el estado del equipo de protección personal, y la vigilancia de salud del trabajador.

Las medidas preventivas para aplicadores deben ser proporcionadas por el empleador o, si el aplicador es autónomo, debe procurárselas. Incluyen: equipo de aplicación en buen estado, equipos de protección personal adecuados (guantes, mascarilla/respirador, ropa protectora), formación específica en aplicación de plaguicidas conforme a la Ley 38/2018, reconocimientos médicos periódicos, y procedimientos de actuación en caso de exposición accidental o intoxicación.

Ideas clave

  • La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales es la norma fundamental española que regula prevención en todos los sectores, incluyendo agricultura.
  • La ley establece que el empresario es responsable de garantizar seguridad y salud, y debe evaluar riesgos, adoptar medidas preventivas, formar a trabajadores, y vigilar su salud.
  • Los trabajadores tienen derechos a información, formación, participación, vigilancia de salud, equipo de protección sin costo, y derecho a abandonar su puesto si existe peligro grave e inminente.
  • La ley prioriza medidas preventivas en este orden: eliminación del riesgo en la fuente, medidas colectivas de protección, medidas personales (equipo de protección).
  • Para aplicadores de plaguicidas, la ley requiere evaluación específica de riesgos químicos, vigilancia de salud especializada, y formación conforme a la Ley 38/2018 sobre uso sostenible de plaguicidas.
  • El cumplimiento de la Ley de PRL es obligatorio y su incumplimiento puede resultar en sanciones administrativas e incluso penales según la gravedad de la infracción.
¿Has terminado este apartado? Tu progreso se guarda en este navegador. Regístrate para conservarlo en tu cuenta.